Las solicitudes estarán disponibles en la página web a partir del 25 de mayo de 2025 y la documentación a aportar por los interesados será:
- Volante de empadronamiento de la unidad familiar deberá estar expedido por el Ayuntamiento que corresponda, en fecha NO ANTES del 1 de abril de 2025
- Libro de familia (completo) o documento equivalente, todo ello actualizado.
- A tener en cuenta, en el caso de que la unidad familiar no coincida con la reflejada en el libro de familia:
* Sentencia de divorcio o separación
* Certificado de defunción de alguno de los tutores
- A tener en cuenta, que la condición de monoparental se acreditará con la Resolución de concesión del título de familia monoparental o el propio título de familia monoparental (Se debe solicitar a través de la Consejería de Salud y Servicios Sociales)